¿CÓMO PUEDO FINANCIAR MI VIVIENDA?

Diciembre 2 de 2020

Cuando se quiere adquirir una vivienda y  no se cuenta con la capacidad total de pago, lo más razonable es solicitar un crédito de financiamiento de vivienda. En Colombia, se tiene la opción de solicitar el crédito hipotecario, que es el tradicional, o el leasing habitacional, que ha tomado importancia en los últimos años.

Se debe tener en cuenta que para adquirir cualquiera de estos dos créditos, lo importante es saber el perfil de comprador, y cual es la opción que se ajusta mejor a tus condiciones financieras, de tus expectativas, de tu capacidad de  endeudamiento y preferencias.

  1. ¿Qué es el Crédito Hipotecario?

Es un préstamo concedido por las entidades financieras a personas naturales; con el fin de brindar capacidad económica para la compra, remodelación, reparación, o mejoramiento de una vivienda nueva o usada.

Como características de este crédito se encuentran:

  • Financia hasta el 70% del valor de la vivienda.
  • Tiene una cuota inicial, a cargo del futuro comprador,  y esta no puede exceder 30% del valor  comercial del inmueble.
  • El inmueble debe contar con seguros contra incendio y terremoto
  • Fija una cuota mensual de 5 a 30 años para distribuir la deuda de una forma accesible en sus ingresos mensuales.
  • En esta figura el cliente es el propietario legal del bien, es decir, ingresa de manera inmediata al patrimonio del comprador.
  • Debe estar garantizado por hipoteca sobre la vivienda financiada.
  • Los créditos hipotecarios, en su mayoría, ofrecen beneficios tributarios como disminución en el valor de los impuestos que se deben pagar.
  1. Leasing Habitacional:

Es  un mecanismo de financiación para adquirir vivienda nueva o usada a mediano y largo plazo. Básicamente consiste en la compra de una vivienda, realizada por una entidad financiera o banco, la cual titula bajo su nombre.

Para el leasing habitacional, existen dos términos que se deben tener claros:

  • El locador: es el dueño del inmueble en alquiler, y por ende es quien recibe la ganancia del contrato.
  • El locatario: es aquel que hace uso del inmueble y paga al locador una suma establecida por la demanda de dicho bien.

Entonces, el contrato de leasing habitacional consiste en que, el locatario adquiere el inmueble comprometiéndose a pagar un arriendo al banco (el locador), durante un periodo establecido. Cuando finaliza el periodo establecido; el banco da la opción de elegir si comprar el inmueble, renovar el contrato, ceder el derecho a un tercero o devolverlo.

El contrato de leasing, se caracteriza principalmente por:

  • La título del inmueble queda a nombre de la entidad financiera.
  • El locatario asume el canon mensual de arrendamiento (capital e intereses) incluyendo los seguros obligatorios de incendio y terremoto que van dentro del canon; el pago de impuestos, mantenimiento y otros gastos adicionales del inmueble. Además responde por daños, y pérdida del inmueble.
  • El banco otorga la opción de comprar el inmueble mediante un contrato de compraventa, renovarlo, ceder el derecho a un tercero o devolverlo al final del contrato. Al momento de comprarlo, el inmueble entra a nuestro patrimonio
  • Al igual que el crédito hipotecario, el Leasing Habitacional se puede adquirir en UVR o pesos y el plazo de financiación oscila entre los 5 y 20 años.
  • Financia hasta el 100% del valor de la vivienda.
  • Solo financia vivienda NO VIS.
  • No requiere pago de cuota inicial, además te permite realizar desembolsos anticipados durante la construcción; y como el inmueble queda a nombre de la entidad no hay costos por constitución de hipotecas.
  • Ofrece tasas de interés más bajas dado que son transacciones exentas de renta para las entidades financieras. Además puedes financiar una vivienda nueva, usada, o sobre planos y en cualquiera el inmueble es inembargable durante el contrato de leasing.
  • Accede a pólizas colectivas para asegurar tu vivienda con un seguro de vida.

 

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